Nuevas Medidas para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid
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23/01/2021

Estimado socio:

Le informamos de las nuevas medidas para la contención del COVID-19 detalladas en la Orden 46/2021 del 22 de enero y que estarán en vigor desde las 00:00 horas del 25 de enero hasta las 00:00 horas del 8 de febrero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja.

1. Todos los establecimientos, recintos y locales abiertos al público en la Comunidad de Madrid tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 21:00 horas, quedando exceptuados los establecimientos farmacéuticos, centros y establecimientos sanitarios, centros y servicios de carácter social, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, establecimientos de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.

3. En los establecimientos de hostelería y restauración la ocupación máxima por mesa, tanto en interior como en exterior, será de cuatro personas, y deberán cesar su actividad a las 21:00 horas.

 

Con respecto al deporte federado, siguen en vigor las indicaciones facilitadas por la Consejería de Deportes de la Comunidad de Madrid al respecto semanas atrás.

Por tanto, todos los entrenamientos de EQUIPOS Y DEPORTISTAS FEDERADOS CON LICENCIA EN VIGOR y las competiciones FEDERADAS, podrán realizarse.

Las instalaciones deportivas estarán cerradas a las 21:00 h y solo podrán permanecer dentro los DEPORTISTAS Y TÉCNICOS CON LICENCIA FEDERATIVA EN VIGOR durante el tiempo de su entrenamiento o competición.

En el caso de que policía o cualquier autoridad competente realice un control tanto en las instalaciones deportivas como fuera de ellas, tanto en el tránsito al entrenamiento/competición como de regreso a sus domicilios, será responsabilidad de cada deportista o técnico acreditar mediante dicha licencia federativa su condición de deportista federado.

 

Comunicaremos cualquier modificación que puedan sufrir estas exenciones en el deporte federado

 

Se adjunta una infografía resumen facilitado por la Comunidad de Madrid donde se concretan otras medidas como son:

  • OBLIGATORIEDAD del uso de mascarilla.
  • OBLIGATORIEDAD en Hostelería y comercios de MANTENER ABIERTAS VENTANAS Y PUERTAS.
  • SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO:
    • Cierre cautelar de los espacios que no cumplan estas medidas.
    • Sanciones de 600 € a 600.000 €

 

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